Los derechos de autor sobre obras literarias y artísticas otorgan a los creadores prerrogativas exclusivas para autorizar o prohibir el uso y explotación de sus creaciones durante determinado espacio de tiempo que fija la legislación de cada país.
Estos plazos de protección de los derechos de autor que son bastante longevos, tienen unos tiempos –mínimos- de duración en casi todos los países del mundo; gracias a la previsión de un tiempo mínimo en tratados internacionales que han sido aprobados por la inmensa mayoría de los Estados. Por ejemplo, el Convenio de Berna para la Protección de Obras Literarias y Artísticas fija un mínimo de duración de 50 años tras la muerte del autor.
Sin embargo, hay casos excepcionales para esos tiempos mínimos de protección según la misma convención internacional antes citada; por ejemplo, para la duración de la protección de las fotografías y las obras de arte aplicado. Para este tipo de creaciones, los Estados pueden reconocer una duración todavía inferior al de otro tipo de obras protegidas por derecho de autor, siempre que dicha duración no sea menor a 25 años desde su realización.
La mayoría de los países han equiparado la duración de la protección del derecho de autor sobre fotografías y obras de arte aplicado a la de los demás tipos de obras (tales como escritos, dibujos, pinturas, música, audiovisuales,… etc.). No ocurre así en la República Federal Democrática de Nepal, en donde los creadores de fotografías y obras de arte aplicado, gozan de 25 años de protección contados desde la fecha de creación, lo cual resulta en uno de los derechos de autor de duración más corta del mundo.
En México, al creador de una fotografía o de una obra de arte aplicado, se le reconoce un derecho de autor cuyos derechos patrimoniales (de uso y explotación) tienen una vigencia durante la vida del autor y a su muerte 100 años más.
Muchos paisanos se preguntarán: “Ése es sin duda un dato muy interesante, pero si no tengo previsto viajar el Everest, ¿en qué le afecta a México la protección de fotografías en el Nepal?
De varias maneras, principalmente porque por convención internacional (bajo una regla conocida como “cotejo de plazos de protección”); en principio, México no estaría obligado a reconocer un derecho de autor por un plazo superior a los 25 años desde la creación, sobre las fotografías que se publiquen por primera vez en aquel país asiático; lamentablemente, tratar de aplicar dicho plazo inferior seguramente sería objeto de controversia.
También podría interesarte nuestro artículo de: La Importancia de Registrar los Derechos de Autor sobre Creaciones del Intelecto